ACCESO A LA PROFESIÓN
REQUISITOS:
Desde Octubre de 2007 y por el REAL DECRETO 1294/2007, pueden acceder a los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria aquellos que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
CONDICIONES GENERALES:
- Haber cumplido la mayoría de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.
- Tener un título de licenciad, graduado, diplomado, ingeniero, arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero técnico o del título oficial de Agente de la Propiedad Inmobiliaria expedido por el Ministerio.
- No tener antecedentes penales que puedan inhabilitarle para el ejercicio de la profesión.
CONDICIONES PARTICULARES:
- Rellenar y enviar la solicitud dirigida a la Presidenta del Colegio.
- Abonar los gastos administrativos de colegiación.
- Abonar la cuota del consejo General colegiación.
- Declaración Jurada para remitir al Consejo General.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR:
- Fotocopia del D.N.I.
- Presentación de Título Oficial o Universitario que habilite.
- Dos fotografías tamaño carné.
- Certificado de antecedentes penales.
- Carta ordenando el pago de las cuotas colegiales a través de la Entidad Bancaria de su preferencia.
NOTAS DE INTERÉS PARA EL FUTURO COLEGIADO:
- Es obligatorio darse de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.
- Es obligatorio darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.