ACCESO A LA PROFESIÓN

REQUISITOS:

Desde Octubre de 2007 y por el REAL DECRETO 1294/2007, pueden acceder a los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria aquellos que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

CONDICIONES GENERALES:

  • Haber cumplido la mayoría de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.
  • Tener un título de licenciad, graduado, diplomado, ingeniero, arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero técnico o del título oficial de Agente de la Propiedad Inmobiliaria expedido por el Ministerio.
  • No tener antecedentes penales que puedan inhabilitarle para el ejercicio de la profesión.

CONDICIONES PARTICULARES:

  • Rellenar y enviar la solicitud dirigida a la Presidenta del Colegio.
  • Abonar los gastos administrativos de colegiación.
  • Abonar la cuota del consejo General colegiación.
  • Declaración Jurada para remitir al Consejo General.

 DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

  • Fotocopia del D.N.I.
  • Presentación de Título Oficial o Universitario que habilite.
  • Dos fotografías tamaño carné.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Carta ordenando el pago de las cuotas colegiales a través de la Entidad Bancaria de su preferencia.

 NOTAS DE INTERÉS PARA EL FUTURO COLEGIADO:

  • Es obligatorio darse de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.
  • Es obligatorio darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.